Martes, 19 Marzo 2019 18:28

Beneficios de una estación náutica (II)

Beneficios de una estación náutica (II)

Jose Delgado

 

 

 

 

En general, las características principales de este tipo de turismo son las siguientes:

1. No hay desplazamiento masivo de pasajeros, limitándose en su mayoría a desplazar menos de doce personas por embarcación recreativa.

2. No se encuentran sujetas a itinerarios fijos y regulares, estableciéndose el itinerario del viaje por los propios turistas de forma potestativa, de manera que puede ser alterado en todo momento por voluntad de los viajeros.

3. Necesita obligatoriamente de instalaciones de abrigo y amarre donde desembarcar, demandando los siguientes bienes y servicios en la localidad de destino:

- Puesto de amarre de la embarcación, en una zona de agua abrigada.
- Oferta de abastecimientos y restauración.
- Oferta complementaria (alquiler de coches, animación nocturna, etc.).
- Otros servicios (correo, guías turísticos...)

 

El conjunto de la oferta de actividades náuticas que ofrecen estas instalaciones es muy variado, y se extiende desde las actividades propiamente náuticas hasta la oferta de actividades complementarias como excursionismo, etc.

 

Además, las estaciones náuticas suponen beneficios muy interesantes, tanto desde el lado de la oferta como del de la demanda. Así podemos observar que ser partícipe de dicha acción en común supone:

• Beneficios para sus componentes, como pueda ser reducir costes y optimizar inversiones.

• Respaldo por una institución con más fuerza y prestigio que cada una de las empresas individuales que la conforman.

• Realizar una promoción integrada.

• Convertirse en un espacio para comercializar todos los productos de los que se dispone.

• Reducir la estacionalidad, incrementando la actividad turística al hacer extensiva la posibilidad de atraer a la demanda a lo largo del año, lo que repercute en la mejora de la economía en general al conseguir un efecto multiplicador, de tal forma, que tanto las empresas implicadas en el turismo náutico, como otras que guardan relación con la actividad turística (hostelería, comercios, etc.) consigan beneficios más allá de la temporada alta, lo cual, por otra parte, también puede posibilitar que se generen puestos de trabajo. En definitiva, lo indicado, llevaría a una mejora en la calidad de vida de la comunidad.

 

Actualmente se están llevando a cabo trabajos técnicos en la Red Española de Estaciones Náuticas para perfeccionar su estructura, sistemas de calidad y actividades. También se están haciendo estudios sobre cómo perciben los clientes el producto, midiendo su satisfacción e insatisfacción para analizar los puntos sobre los que hay que actuar. Además de entrevistas con empresarios y responsables de las estaciones para valorar también sus inquietudes y percepciones. Para poder realizar la gran mayoría de estas actividades, es necesaria la construcción de infraestructuras marítimas capaces ofrecer los servicios necesarios o mínimos para la adecuada realización de las actividades náuticas, ya sea directa o indirectamente.

 

Existen numerosas clasificaciones de estas instalaciones a partir de los múltiples criterios que se utilizan, que en ciertos casos son subjetivos. Los embalses tienen un potencial muy importante para el desarrollo turístico y recreativo de la zona. Las actuaciones que se pueden ejecutar se encuentran limitadas por la legislación en esta materia. Además, tenemos que tener en cuenta las diferentes normativas existentes en cada Comunidad Autónoma de aplicación directa sobre este territorio que se quiere poner en marcha, toda esa normativa está regulada por los Planes de Ordenación de los Embalses, en los cuales se recogen la zonificación de las áreas de influencia de los embalses y los usos permitidos y limitaciones. Además de los P.O.E., hay que tener muy en cuenta el Reglamento de Dominio Público Hidráulico. El art. 50 del Reglamento de Dominio Público Hidráulicos especifica que todos los usos pueden sin necesidad de autorización administrativa y de conformidad con lo que dispongan las leyes y reglamentos, usar las aguas superficiales, mientras discurran por sus cauces naturales, para beber, bañarse y otros usos domésticos, así como para abrevar el ganado. Estos usos habrán de llevarse a cabo de forma que no se produzca una alteración de la calidad y caudal de las aguas.

 

En la sección II, en el art.51, referido a usos comunes especiales, contempla que requerirán autorización administrativa previa los siguientes usos comunes especiales: la navegación y flotación, el establecimiento de barcas de paso y sus embarcaderos y cualquier otro uso no incluido en el artículo 50, que no excluya la utilización del recurso por terceros. Algunas de las actuaciones propuestas quedan por tanto recogidas en este artículo.

 

Para ello, según el art. 52 se especifica que el Organismo de Cuenca podrá recabar proyecto justificativo u otra documentación complementaria que estime necesaria para conceder la autorización de uso común especial del dominio público de los cauces, en especial, la presentación de un estudio elaborado por técnico responsable, sobre la evaluación de los efectos que pudieran producirse sobre el medio ambiente, la salubridad y los recursos pesqueros, así como las soluciones que se prevean.

 

Igualmente, en la sección III, art 55 y 57, se especifica que las autorizaciones para utilizar con fines de navegación las aguas de los embalses, así como para el establecimiento de embarcaderos, rampas, cables y demás instalaciones precisas la navegación o complementarias de dicho uso serán otorgadas por el organismo de Cuenca. Por ejemplo, para las actuaciones en la lámina de agua es necesario, según establece el art. 74 de la sección V, adjuntar a los trámites establecidos en el art.52 como mínimo los planos y memoria explicativa y justificativa de las obras e instalaciones; en el caso de que se trate de instalaciones deportivas entre cuyos fines esté la navegación en embalses, la documentación deberá incluir, además una propuesta de balizamiento de las zonas dedicadas a fondeos, mangas de salida y acceso, así como aquellos en las que habrá de prohibirse por peligro para los bañistas u otras causas.

 

Igualmente, en el art. 78 de la sección VI se especifica que, para realizar cualquier tipo de construcción en zona de policía de cauces, se exigirá la autorización previa al Organismo de Cuenca.

 

De las actuaciones propuestas requieren un proyecto justificativo como también de la de usos en la lámina de agua:


1. Adecuación zona de baño
2. Fomento de actividades acuáticas
3. Creación de estación náutica de interior
4. Embarcación turística de propulsión electrosolar

b. Ocio y esparcimiento

1. Celebración de pruebas deportivas
2. Habilitar espacio de navegación para barcos de Radio Control
3. Fuentes de luz y sonido o Turismo

 

c) Instalaciones turísticas:

1. Centro del agua o Conocimiento, promoción de la naturaleza, patrimonio histórico y arqueológico.

 

d) Promoción de la Cultura

1. Festival de teatro acuático
2. Festival musical-cultural
3. Naumaquias: batallas navales de salón

 

Por otro lado, existen otras propuestas que no requieren informe previo de aprobación del Organismo de Cuenca como pueden son:

a) Ocio y esparcimiento



1. Manual de señalización y normalización de senderos y acondicionamiento de caminos y señalización
2. Red de áreas de esparcimiento: Áreas recreativas y picnic
3. Fomento de la pesca: celebración de concursos
4. Regulación de circulación motorizada

 

b) Turismo Información turística:


1. Guía de los embalses
2. Realización de Campaña de publicidad y promoción turística

 

c) Instalaciones turísticas:

1. Punto de información centralizada o Conocimiento, promoción de la naturaleza, patrimonio histórico y arqueológico.

 

d) Observación de la naturaleza (observación de fauna, miradores, carteles informativos)


1. Observatorios de fauna: Turismo ornitológico
2. Creación de la Ruta de los miradores:

 

e) Conservación y restauración del patrimonio histórico y arqueológico


1. Puesta en valor de elementos patrimoniales
2. Centro de interpretación de la historia de la zona. Mención aparte se merece la creación de la Estación Náutica de Interior, que según se analiza en el punto 5.2 del Documento, y en las líneas anteriores sobre la necesidad de realizar un informe previo. Es necesario llevar a cabo un trabajo de información, implicación y coordinación de todos los grupos empresariales de la zona para mostrar los beneficios del proyecto y poder establecer las bases para crear una red de empresarios sólida y homogénea que ofrezca unos servicios de excelente calidad y permitir así el desarrollo turístico y recreativo de la zona.

 

 

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